Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE RATIFICA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: GUILLERMO JOSE CARRION LANZ, venezolano, mayor de edad, de 37 años de edad, nacido en fecha 03/02/1976, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad N° V.-13.057.019, de profesión u oficio comerciante, residenciado en Maturín, Los Cortijos, vereda 18, casa numero 12, Maturín, Estado Monagas, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, CON ALEVOSÍA POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 Ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ DEL VALLE CEDEÑO RODRIGUEZ, (Occiso), todo de conformidad con lo d.....