Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al imputado ALFREDO JOSE BRITO VILLARROEL venezolano, de 32 años de edad, natural de Río Seco de Guiria, titular de la Cédula de Identidad N° 12.557.601, de profesión u oficio chofer, nacido en fecha 20-06-75, hijo de Ángela Villarroel y Juan José Brito , y domiciliado en Río de Guiria. Calle Principal. Casa S/N. antes de llegar a la Estación de Servicio Río de Guiria. Municipio Valdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87, numerales 5 y 6 de la precitada Ley; e.....