En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado ORLANDO JOSÉ MATA, venezolano, mayor de edad, casado, de 55 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.300.489, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, nacido en fecha 11-02-1953, hijo de María Mata y Ramón Cardozo y residenciado en el sector El Valle, Vereda Principal, casa Nº 4, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previsto y sancionado en los artículos 41, 39 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de ANA TERESA SÁNCHEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 .....