En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al sancionado adolescentee fue sancionado, a cumplir las medidas de reglas de conducta y libertadXXXXXXXXXXXXX venezolano, de XXXXXXXXaños de edad, nacido en fecha 16-06-95, titular de cédula da por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de distribución de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de La Colectividad. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del a.....