Este Tribunal, oído lo manifestado por el sancionado, lo solicitado por la Defensa y la no oposición de la Representación Fiscal, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA con lugar el referido plazo, fijando el mismo por TREINTA (30) DÍAS solicitado por la Defensa Publica para que el sancionado xxxxxxx, a quien corresponde la cédula de identidad Nº V-24.876.577 para que consigne constancia con la cual ha de acreditar el cumplimiento de la sanción aquí impuesta; es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley impone del auto de ejecución al sancionado adolescente xxxxxxxxx, quien fue sancionado a cumplir la Medida de Reglas de Conducta por el lapso de un (01) año por la comisión del delito de Lesiones Graves, previsto en el artículo 415 del Código Penal, en perjui.....