En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisa y mantiene la medida de privación de libertad, que se le impuso al sancionado xxxxxxxxxx, quien fue sancionado a cumplir dos (02) años de la Medida de Privación de Libertad por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana xxxxxxxx. Revisión que se realiza conforme a lo establecido en el artículo 647 literal "E" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes