Este Tribunal de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ejecutó la mencionada decisión en contra de JOSÉ JESÚS GUTIERREZ CHACON, venezolano, natural de Cumaná, en fecha 22-03-89, de 15 años de edad, soltero, estudiante , hijo de Victoria Gutiérrez y Inocente Chacón, indocumentado, residenciado en La llanada, sector III, vereda 32, casa 07, cerca del bodegón de cheila, de esta ciudad Estado Sucre; mediante la cual quedó sancionado a cumplir la medida contenida en el Artículo 620 literal “b” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, relativa a REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de seis (6) meses, cuya sanción consistirá en realizar uno o varios cursos de superación personal, a los fines de regular el modo de vida o bien aprenda un arte u oficio que lo ayude a ordenarse, orientarse y así adecuar su vida a los p.....