En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: 1) Se declara actualizado el cómputo en la presente causa seguida XXXXXXX, donde se determino que ha cumplido cuatro (04) meses de la medida de libertad asistida y le falta por cumplir un (01) mes y doce (12) días, por lo que debe reincorporarse al Programa Libertad Asistida que ejecuta el SAPINAES, conforme al articulo 647 de la LOPNNA y 474 del COPP 2) Se decreta el cese de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, que cumplía el sancionado XXXXXXXX, quien fue sancionado por la comisión del delito de Robo de vehículo automotor, previsto en el artículo 5 de la Ley sobre el Hurto y Robo de vehículo automotor en concordancia con los ordinales 1,2,3,5 y 8 y artículo 6 ejusdem, en relación con el ordinal 1 del artículo 84 del Código Penal, cometido en perjuicio de XXXXXXX .....