Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento PRIMERO: De conformidad con los artículos 73 numeral 4, 76 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado supletoriamente por autorización expresa del artículo 537 único aparte de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, se procede a practicar el cómputo atendiendo a lo siguiente: El ciudadano xxxxxxxxxxxxxxx, debe cumplir once (11) meses y seis (06) días de reglas de conducta, de la cual ha cumplido cuatro (04) meses y veintitrés (23) días tal como consta en constancia de trabajo de fecha 16/09/2013, en la cual se hace constar que presta servicio como desembarcador, pescador desde el 25/04/2013, le falta por cumplir seis (06) meses y trece (13) días, en relación al cumplimiento de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA le falta por cumplir la totalidad de la misma es decir (01.....