En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente XXXXXXXX; quien fue sancionado a la medida de privación de libertad, por el lapso de cinco (05) años, por la comisión del delito de homicidio calificado cometido con alevosía, tipificado en el ordinal 1º del artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Justino José Cortesía Castañeda (Occiso), y por sustitución de la medida de privación de libertad debe cumplir dos( ( 02) años, de las medidas REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, cuyas medidas no ha cumplido, en razón de ello se ordena fijar audiencia para el 18-07-13 a las 3:00 pm a los fines que el sancionado acredite el cumplimiento de las medidas.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los.....