este TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647, literales "A" e "I" de la LOPNNA, Acuerda REVOCAR las medidas de reglas de conducta y libertad asistida, que debía cumplir el sancionado xxxxxxxxxxxxxxx, sancionado por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos Efraín Amadio Salazar e Idian Rosa Aguilar Mago, y en su lugar, privarlo de la libertad, por un lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 628, parágrafo 2º, literal "C" de la LOPNNA, por cuanto se le computa el lapso de privación desde el 21-08-2015, lleva SEIS (06) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, por lo que se decreta el Cese de las Medidas de Reglas de conducta y Libertad Asistida conforme con el artículo 647 literal E de la LOPNNA.. Líbrese oficio al Trib.....