En atención a lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda el traslado del sancionado XXXXXXXXX, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano XXXXXXX (occiso) a la Población San Fernando de Tataracual, casa s/n°, frente al Restaurant Tia Eva, Vía Cumanacoa-Estado Sucre, a las siete (7:00) de la mañana del día 10-10-2012, con el objeto de asistir al sepelio de su padre quien en vida se llamare XXXXXX, cuyo traslado debe hacerse tomando las previsiones y medidas de seguridad pertinente, dado que el joven cumple sanción de p.....