declara que queda ejecutada en los términos señalados, la decisión dictada por el Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes en contra de la ciudadana XXXXXXX; mediante la cual quedó obligada a cumplir la sanción contenida en el artículo 620 literal "F" de la LOPNA, relativa a Privación de Libertad por un lapso de cinco (05) años, por la comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS; previsto en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; conforme a lo previsto en el artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 479 y 482 del Código de Procedimiento Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley. Líbrese Boleta de traslado, para el día 13-04-07, a las 9:30 PM, con la finalidad de imponer a la sancionada de la ejecuci.....