este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxx, por su participación en los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 458 del Código Penal, y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en el artículo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano HÉCTOR BRITO.a cumplir el lapso de TRES (03) AÑOS, OCHO (8) MESES, de PRIVACION DE LIBERTAD, donde se determino que lleva privado al día de hoy, un lapso de detenido CINCO (5) MESES, VEINTITRES (23) días, para un total de sanción cumplida DIEZ (10) MESES, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS DIEZ (10) MESES, que vencerán aproximadamente el 12-03-2020. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Prote.....