este tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Impone al adolescente XXXXXXXXXXXXX, titular de la cédula de identidad N° XXXXXXXXXXX, de XXXXXXXX años de edad, soltero, nacido el XXXXXXXXXX, domiciliado en Barrio XXXXXXXXXXXXXXXXX, estado Sucre, hijo de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXla comisión de los delitos de Lesiones Personales Leves y de Porte Ilícito de Arma Blanca, previsto en los artículos 416 y 277 del Código penal en concordancia con el artículo 25 de la Ley sobre armas y explosivos, en perjuicio de Grosmil Idrogo y del Estado Venezolano, de la medida de reglas de conducta por el lapso de seis (06) meses contenida en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; ejecución que se realiza conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646, 647 en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Ado.....