Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo dispuesto en los artículos 64 Lit. b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, AUTORIZAR PARA TRABAJAR FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL al penado Gerardo Enrique Porras Cartaza, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.335.266, estableciéndose como lugar de trabajo la sede de la empresa Construcciones y Servicios REWAL C.A. ubicada en Caracas Distrito Metropolitano, en el horario comprendido de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 12:00 M y de 1:30 PM a 5:30 PM. En consecuencia, Líbrese la correspondiente Boleta de Pre-Libertad y junto con oficio remitiéndose al Director del Reten de La Planta en la ciudad de Caracas anexa a copia certificada de la presente decisión; ofíciese lo conducente a la Unidad Técn.....