este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: Se le otorga la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado LUIS BELTRÁN MARÍN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.772.445, casado, nacido en fecha 29/11/1.977, 33 años de edad, hijo de Dalmiro Marín y Mercedes Rodríguez y residenciado en el Sector Las Delicias, Calle 3°, Barrio Caigüire, Casa S/N, al lado de la ferretería del señor Pedro Salaya, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre, Estado Sucre, Teléfono 0293-9955311, condenado a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y QUINCE DÍAS DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y.....