Por las consideraciones antes expuestas es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: ACUMULAR LAS PENAS impuestas al penado FRANK MANUEL ALCALÁ MARVAL, venezolano, Cédula de identidad N° V-16.816.278, de 28 años de edad, nacido en fecha 22-07-1982, soltero, obrero, hijo de Francisco José Alcalá y Elisa del Carmen Marval, residenciado en Fe y Alegría, bloque 35, piso 3, apartamento 03-02, Cumaná, Estado Sucre y las causas RJ01-P-2010-000030 y RP01-P-2004-000297, todas seguidas ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 482, 479 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal 97 y 88 del Código Penal, quedando en definitiva una pena de DIECISÉIS (16) AÑOS DE PRISION. SEGUNDO: ACTUALIZAR el cómputo de la pena efectivamente cumplida por el penado hasta la presente fecha obteniendo como.....