este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano CARLOS EDUARDO LEÓN GERARDINO, venezolano, cédula de identidad V-17.910.060, de 28 años de edad, nacido en fecha 07-09-1984, hijo de los ciudadanos Liugmilia Lisbeth León de Gerardino y de Carlos Luis La Sarde, de estado civil soltero, de ocupación: Refrigeración, residenciado en Arenas, Calle Bolívar, casa N° 38 del Municipio Montes del Estado Sucre, Teléfono: 0412-695.82.24, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUÍS EDUARDO RENGEL URBANEJA (OCCISO), a cumplir una pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de Ley, pena ésta que culminará aproximadamente en el año dos mil catorce (2014). Se declara sin lugar la.....