este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sobre la base de los artículos 285 numerales 1 y 6 último aparte del 30, 43 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal, 1,2,3,4, 5 y 30 de la Ley Sobre Protección a Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales; a favor de los ciudadanos: ZORAIDA JOSEFINA ROSALES Venezolana, de 49 años de edad, casado, de profesión hogar, domiciliado en Urb. Campeche, Sector 03, Calle 02, casa N° 07, cerca del Modulo de Mercal y frente a la Cancha Cumaná Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-8.639.651, así como a sus hijos de Nombres RICHARD JOSE ESPINOZA ROSALES Y ARMANDO JOSE ESPINOZA ROSALES, en su condición de víctima indirecta y testigos presénciales del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, en la presente causa penal No-19-F7-1C-396-11 nomenclatura d.....