este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos para la imposición inmediata de la pena, al ciudadano LUIS ANTONIO BARRIOS CABELLO, titular de la cédula de identidad N° 17.957.643, natural de Cariaco Estado Sucre, nacido en fecha 17/12/81, de 33 años de edad, hijo de Jesús Antonio Barrio y Gladys Cabello, Estado Civil soltero, de oficio Agricultor, residenciado en el sector palos rosales, vía río azul, frente Cocoland, casa S/N°, Municipio Rivero, Cumaná Estado Sucre, teléfono 0416.4329838 por la comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ANA VIRGINIA ROJAS CENTENO; a cumplir la pena de OCHO (08) MESES Y VEINTE (20) DIAS .....