este Juzgado Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, constituido por la Jueza MARLENY MORA SALAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Primero: No quedó plenamente demostrado en el Juicio Oral y Público la autoría o participación del acusado JUAN CARLOS YÁNEZ VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.441.406, en la comisión del Delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor en perjuicio del ciudadano BERNARDINO DEL VALLE FIGUERA, por lo tanto se ABSUELVE del delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano BERNARDINO DEL VALLE FIGUERA, y así se decide. Segundo: Quedó plenamente demostrado en el Juicio Oral y Público la comisión DEL DELITO DE RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y .....