ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano JUAN MIGUEL URBANEJA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° 14.125.739, soltero, de 36 años de edad, nacido el 01/07/1974, de oficio chofer y residenciado en el Cumanagoto I, calle principal, casa N° 11, Cumaná, Estado Sucre; el cual se le iniciara por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem y 65 de la ley especial, en perjuicio de GEISI LICET GAMBOA; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY. Pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el año 2021. Se mantiene al acusado privado de libertad hasta tanto el juez de ejecución .....