este TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, al ciudadano HENRRIS LEONARDO FIGUEROA BÁEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.093.679; natural de Cumaná; nacido en fecha 13-11-90; soltero; hijo de Ornelis Figueroa; de oficio estudiante; residenciado en la calle Libertad, casa N° 19, sector 4 esquinas, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias, pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el mes de a.....