Este tribunal Mixto Segundo de Juicio actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CULPABLES a los acusados LAUGHLIN ALEJANDRO RODRIGUEZ, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.742.776, nacido en fecha 29/10/83, soltero, de oficio caravanero de TOYOTA, residenciado en la Calle Sarmiento, casa No. 17, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO EN EJECUCION DE ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° en concordancia con el articulo 84 ordinal 3° todos del Código Penal y HECTOR LUIS SIFONTES BOADA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 22.630.182, nacido en fecha 27/07/87, soltero, residenciado en la Barrio El Paraíso, calle 7, casa N° 30 de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE.....