es por lo que este JUZGADO SEXTO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY NIEGA, el pedimento que hiciera el Defensor Privado, Abg. JUAN FIGUEROA, en audiencia de presentación de detenidos celebrada en fecha 26-12-2009, y se insta a la defensa privada a los fines que presente por ante este Tribunal la referida documentación en original; a fin de ser certificada por secretaria y así poder pronunciarse sobre el cambio de sitio de presentación que le fuera acordado a su defendido ARMANDO MIGUEL ROJAS GEIDEL.