Por todas las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO SEXTO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; dada la solicitud de la Fiscal Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y considerando este Despacho que concurren los extremos exigidos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. ACUERDA CON LUGAR LA ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada, en contra del ciudadano: CARLOS EDUARDO MORA SANCHEZ, Venezolano, Mayor de Edad, Portador de la Cédula de Identidad Nº V-23.683.058, Nacido en Fecha: 03/11/1990; de: VEINTIDOS (22) AÑOS de Edad; Soltero, de Profesión Obrero, por la presunta comisión de los delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 406 Ordinal 3 literal "a" y LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y san.....