En consecuencia, Este Tribunal Quinto de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta Medida de Seguridad al ciudadano Imputado GABRIEL JOSÉ HERNÁNDEZ FUENTES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 5.081.176, residenciado en la Calle San Juan Bruno, detrás del cuartel, casa N° 24, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre; consistente en el Internamiento en un Centro de Recuperación del Consumo de Drogas o Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas hasta su recuperación. Ahora bien, en virtud de que en esta Jurisdicción del Estado Sucre no existe Centro alguno, se acuerda otorgar un lapso de cuatro (04) meses para que los familiares gestionen el ingreso del Imputado a un Centro de Recuperación, lapso durante el cual el Imputado se someterá a terapia de recuperación y seguimiento por ante la Unidad de Tratamiento Fármaco Dependiente (UTAF), hasta tanto se materialice dicho internamiento, quedando el Imputado bajo la guar.....