Por lo que este Tribunal Penal Quinto de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná, considera procedente y ajustado a derecho DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: GERMAN RAFAEL RODRIGUEZ PRESILLA, Venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.654.123, soltero, Fecha de nacimiento 30/04/1993, natural de Cumaná, hijo de JOVITO RODRIGUEZ y NELLY JOSEFINA PRESILLA, de oficio vendedor de fruta, residenciado en Villa Bolivariano, franja la llanada, casa sin numero, casa de color morado con azul cielo, cerca del mercadito, teléfono 0426-4813187; todo, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. En cuanto a la solicitud de imposición de medidas de seguridad hecha por el Fiscal del Ministerio Público con base a lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley de Drogas, relativa a la obligación del ciudadano GERMAN RAFAEL RODRIGUEZ PRESILLA, de presentarse ante una.....