Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA: El Cese de Medida de Coerción Personal que pesa sobre el imputado LUIS ALFREDO CODALLO SANCHEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 15.318.540, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito contemplado en el artículo 9 del Ley contra el Robo y Hurto de Vehículo. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal informando del presente fallo y notifíquese a las partes.