Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano JESÚS MANUEL MAZA ALCALÁ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.703.323, de estado civil soltero, hijo de Arquímedes Maza y Ana María Alcalá, natural de Cumaná, nacido en fecha 26-04-85, de profesión u oficio fiscal de la Hacienda Municipal, y residenciado en la Urb. Cristóbal Colón, calle 7, casa N° 422, Cumaná, Estado Sucre, a quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la ley Sobre el derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Dayana Carolina Coronado Gamardo; y se decreta la suspensión del proceso por el lapso de un año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa; 2- Comparecer .....