Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 329, 330 numeral 2 y 331 del Código Orgánico procesal Penal, admite TOTALMENTE en contra de los ciudadanos SANTIAGO JOSE CASTILLO LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.384.323, nacido en fecha 05/01/73 casado, de oficio carnicero, hijo de Maria López y Cristóbal Castillo, domiciliado en la Urb. Brasil sector III, casa 36, vereda 02 de esta ciudad del Estado Sucre, PABLO JOSÉ DÍAZ MAVARES, Venezolano, de 21 años de edad, nacido en fecha 16/10/1984, casado, de oficio barbero, hijo de Sonia Mavares y Pablo José Díaz Gómez, titular de la Cédula de Identidad Nro V-16.702.280 y residenciado en la Urbanización Brasil, Sector Nro 03, avenida 2, Casa Nro 32, cerca del abasto Chacaito, de e.....