En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO VICTOR HUGO RAMIREZ DIAZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 9.277.453, natural de esta ciudad de Cumaná, hijo de Hugo Felipe Ramírez Centeno y Luisa Graciela Diaz Rojas, de 43 años de edad, nacido en fecha 25/06/1965, soltero, profesor, residenciado en la Urbanización Parcelamiento Miranda, Calle Margarita, Quinta Jevic, de esta ciudad de Cumaná, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana VANESSA DE JESÚS ACOSTA MEDINA, C.I. V-04.336.975, quien reside en Los Roques torre 01, pb apt B-, En virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe ra.....