Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al imputado RAMÓN ANTONIO ORTIZ BETANCOURT, portador de la cédula de identidad N° V-13.052.732, de 34 años de edad, nacido en fecha 1-06-1971, hijo de Juana Betancourt y Maximiliano Ortiz, soltero, residenciado la Población de Mochima, en el Islote Cabruta, casa S/N°, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal Reformado, en concordancia con el Artículo 420 ordinal 2 ° ejusdem, de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cada quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal fijándose el plazo de presentación por seis (06) meses de conformidad con lo establecido en el articulo 313 del C.....