este Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal acuerda la SUSPENCIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano ALEXANDER JOSE GONZALEZ CENTENO venezolano, de 31 años de edad, titular de la Cédula de identidad N° 13.539.145, casado, de oficio operario de cuarta de la toyota de estado civil casado, residenciado en la urbanización Brasil Sector 02 Vereda 36 casa N° 15 de esa ciudad, a quien la Fiscalía del Ministerio Público le imputa el delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, estipulado en el artículo 42 con el agravante del 65 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio CARMEN GUADALUPE RAMOS, por el lapso de UN (01) AÑO, conforme a los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, durante el cual el acusado deberá cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: la presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo .....