Por todo los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la entrega del vehículo identificado con las siguientes características: Marca FIAT; Modelo UNO; Año 2001; Color AZUL; Placas XAB8OT, Serial de Carrocería 9BD158240A4243911; Serial de Motor 6229057, el cual presenta los seriales del chasis desvastados; todo ello en virtud de no haberse podido desvirtuar ni justificar fehacientemente el resultado de la experticia 9700-263-0527-V-169-09, de fecha 24/03/09, emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que arrojó como resultado la desincorporación del serial de seguridad en el vehículo in comento. Se ordena la remisión de la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en su oportunidad de ley. Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecid.....