este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda la entrega del vehículo objeto de este proceso al solicitante ciudadano ROBERT JOSE FRANCO VALLERA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.220.998, con la prohibición de no enajenarlo y ni gravarlo, no circular fuera del territorio de la Republica y con la obligación de presentarlo a la Fiscalía competente y a este Tribunal las veces que sea requerido vehículo.- En consecuencia se acuerda oficiar al encargado del SERVIGRUAS ORIENTE, de esta ciudad, a los fines de que se sirva entregar el vehículo al ciudadano ROBERT JOSE FRANCO VALLERA y se acuerda la devolución de los documentos originales previo certificación de autos y expedir las copias solicitadas por las partes. Se acuerda copia certificada de la presente acta al abogado del solicitante. En virtud de que esta decisión fue dictada en Audiencia Oral en presenci.....