ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a Suspender el Proceso seguido al ciudadano HENRY RANDY GONZÁLEZ, venezolano, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.643.892, nacido en fecha 09-01-1967, de ocupación obrero, hijo de Rosa González y Ramón Rodríguez y residenciado en la Calle Bolívar, Casa N° 109, Parroquia Valentín Valiente, Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 concatenado con el 65 numeral 3 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana HERMINIA DEL JESÚS VÁSQUEZ, por un lapso de UN (01) AÑO,