este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, acoge la solicitud de la defensa, en consecuencia no admite la acusación fiscal, y procese a DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4 del COPP, a favor de los ciudadanos José Rafael Díaz González, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.761.749, de estado civil soltero, de ocupación obrero, nacido en fecha 03-02-1986, domiciliado en Cascajal Viejo, Segunda Entrada, parte baja el cerro, Casa 26 de esta ciudad, por la presunta comisión delito de Resistencia a la Autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal y Anyelo José Rafael González Campos, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 20.575.854, de estado civil soltero, de ocupación obrero, nacido en fecha 27-06-1990, domiciliado en Cascajal Viejo, Calle Pinto Salinas, Casa S/Nº de esta ciudad, por la p.....