este Tribunal Primero en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de La Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado LARRY JOSE ZAPATA FUENTES, Venezolano, de 30 años de edad, de estado civil casado, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.110.666, nacido en fecha 21/08/79, hijo de Domingo Zapata y Zenaida Fuentes, residenciado en avenida Orinoco, casa s/n, cerca de licorería El Paso; Guasipati del Estado Bolívar, de conformidad con el articulo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consístete en presentaciones periódicas cada TREINTA (30) días por ante la unidad de alguacilazgo del Circuito Judicial penal del Estado Bolívar, extensión Puerto Ordaz por un lapso de seis meses, en consecuencia se ordena la Libertad Inmediata de los imputados la cual se hace efectiva desde la propia Sala de Audiencias, dejándose constancia que se encuentra en buenas condiciones físicas.