Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA LIBERTAD al imputado ciudadano GABRIEL JOSÉ MORENO HERNANDE, cédula 17.212.264, soltero, residenciado, en el sector 3, vereda 4, casa 6, del Brasil, la participación o autoría en el delito de Robo previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal reformado. Todo de conformidad con los artículos 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boleta de Libertad junto con oficio a la Comandancia de Policía de Cumaná. Quedan las partes notificadas de la presente decisión con la firma y lectura de la presente acta. Remítase las presentes actuaciones en su oportunidad legal la Fiscalia del Ministerio Público.