este Tribunal Primero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admitida como ha sido totalmente la acusación fiscal en contra del ciudadano ROBERT OTERO VELÁZQUEZ, venezolano, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.766.776, nacido en fecha 16/03/1972, residenciado en la Urbanización Super Bloque, bloque 45, piso 07, apartamento 07-08 de esta Ciudad, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 numeral 3 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; y dada la admisión para suspensión que ha efectuado en este acto, es por lo que este Juzgado, decreta la suspensión del proceso por el lapso de un (01) año, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa; 2- Comparec.....