Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA iniciada contra de los ciudadanos JOSÉ JESUS RENGEL y JOSÉ MANUEL MARCANO por la presunta comisión de del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS, en perjuicio de WILIAN MARCANO, JOSÉ MARCANO Y MARIA ISABEL LUNA comisión del delito de LESIONES PERSONALES, en perjuicio del Adolescente Daniel Alexander Gómez, en virtud pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad para el Ministerio Público de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay base para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado.