Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Control, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Primero: decreta la LIBERTAD a favor del ciudadano JESUS RAFAEL ZAPATA MARQUEZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14420100, de 24 años de edad, residenciado en Mariguitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre y oficio al Director del la Comandancia de Policía. Segundo: En virtud que el delito tipificado en el artículo 475 del Código Penal, establece que será castigado a instancia de parte agraviada, convirtiendose así en un obstáculo legal para que la fiscal del Ministerio Público inicie la correspondiente investigación, tal como lo establece el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara con lugar la solicitud planteada por la Representación Fiscal de desestimar las denuncias interpuestas por los ciudadanos ARCADIA JOSEFINA SALAZAR, ARMANDO RAMOS, GLEIDYBELL DEL VALLE BRITO, FELIZ VENNCIO PEREZ......