ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal en contra de los ciudadanos GABRIEL JOSÉ CORTEZ CORTEZ venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.110.956, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 22-12-71, hijo de Juan Bladimir Tineo Guevara y Yaritza Margarita Cortez, de profesión u oficio Policial del Estado Sucre, residenciado en Boca de Sabana, callé Cardonal, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre; y SAID RAFEL ACOSTA RODRIGUEZ, venezolano, de 34 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.267.567, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 10-12-75, hijo de Edilio bautista Acosta y Leris Josefina Rodríguez, de profesión u oficio Policial del Estado Sucre, r.....