este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano MIGUEL ANGEL RIBERO MENDOZA, venezolano, natural de Cumana, de 19 años de edad, nacido en fecha 27/06/1993, soltero, estudiante, residenciado en la avenida el islote, cruce con el mercado municipal, sector el Realengo, casa s/n, portador de la cedula de identidad Número V-24.130.110 hijo de Arquímedes Ribero Y Meraliz Mendoza, teléfono 04248942967Cumana Estado Sucre por la comisión del delito de OCULTAMIERNTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo establecido en los artículos 49 numeral 7, artículo 300 numeral 3 y Artículo 361, todos del Código Orgánico Procesal Penal.