Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre; actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por el Abogado, Gonzalo Ernesto Briceño Marchani, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.464.785 e inscrito en el I.P.S.A bajo el numero 58.414, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano Michel Mazloum, contra la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
Remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal de la causa.
La presente sentencia fue dictada dentro del lapso establecido para ello.-