Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado SIMON VASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.357. En consecuencia, se confirma la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, mercantil, agrario, tránsito, trabajo, estabilidad laboral y bancario del primer circuito judicial del Estado Sucre, en fecha 09-09-04.
Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Queda de esta manera CONFIRMADA la sentencia apelada