Con fundamento en las premisas anteriormente explanadas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito, de Niños, Niñas, Adolescentes, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano Jesús Javier Rojas Gómez, venezolano, mayor de edad, casado, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. 16.313.069, y debidamente asistido por el abogado EULISES LORETO ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.857.049, e inscrito en el I.P.S.A bajo Nro. 144.086, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en Función de Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sede Cumaná, en fecha 13 de noviembre de 2018.
SEGUNDO: no hay cond.....