En mérito a las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando como Juzgado Constitucional, DECLARA: INADMISIBLE el recurso de amparo constitucional, interpuesto por la ciudadana YSABEL QUIJADA MARVAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 5.704.415, domiciliada en la ciudad de Cumana, Estado Sucre, asistida por la abogada TIBISAY GONZALEZ, inscrita en le IPSA bajo el N° 200.612, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de Mayo de 2016, por el Tribunal Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, con sede en Cumaná.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.